martes, 29 de junio de 2010

¡TENEMOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS!

1- ¿Qué Son los derechos sexuales y reproductivos?

Son parte de los derechos humanos y su finalidad está centrada en que
todas las personas puedan vivir libres de discriminación, riesgos,
amenazas, coerciones y violencia en el campo de la sexualidad y
reproducción.

Mucho se habla de los derechos sexuales y reproductivos pero no todos conocemos sus alcances. Recorramos cada uno de ellos.

2- ¿Cuáles son los derechos sexuales?

Derecho a gozar de la sexualidad y la libre decisión de tener o no
relaciones sexuales, independientemente del coito y la
reproducción.
Derecho a vivir la sexualidad de manera placentera, libre de
violencia, prejuicios y culpas.
Derecho a ejercer la sexualidad plena e independiente del estado
civil, la edad, etnia, género, la orientación sexual y la
discapacidad.
Derecho a la información y al acceso médico para el tratamiento
de infecciones de transmisión sexual.
Derecho ala autonomía y a la aplicación consentida e informada de
los exámenes de detección del VIH y7o embarazo y a la
confidencialidad de sus resultados.
Derecho al libre ejercicio de autoerotismo.
Derecho a una información vera, oportuna, científica, libre de
prejuicios, sin discriminación alguna, que permita prevenir la
infección por VIH-SIDA.

3- ¿Cuales son los derechos reproductivos?

oAcceso a servicios de salud integral, especializados, dirigidos
específicamente a jóvenes incluyendo servicios de salud sexual
y reproductiva, con calidad, calidez, confidencialidad y libres
de prejuicios, sin discriminación por razón de edad, clase
social, raza, sexo, orientación sexual, etnia, etc.

oDerecho a una educación sexual basada en información veraz,
oportuna, científica y libre de prejuicios.

oDerecho a obtener información y acceso a métodos anticonceptivos
seguros, eficaces, exequibles y aceptables.

oDerecho a no ser rechazada en el trabajo o en la institución
educativa por estar embarazada.

oDerecho a participar con voz y voto en la creación de programas y
políticas de salud sexual y reproductiva de y para jóvenes.

oAcceso a información y uso de anticoncepción de emergencia.

oDerecho a disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgo ,
a la capacidad de reproducirse y a la libertad para decidir
hacerlo o no, cuando, con quien, y con que frecuencia.


4-Tus derechos sexuales y reproductivos son violados cuando:

Se te niega información y educación en salud sexual y
reproductiva

No tienes acceso a métodos anticonceptivos modernos a costos
accesibles

Tienes relaciones sexuales sin protección estando a riesgo de
un embarazo no deseado y del VIH/SIDA.

Fuiste víctima de violencia o acoso sexual

Estos son nuestros Derechos, Sexuales y Reproductivos, pero tampoco
debemos olvidar que los derechos van junto a las responsabilidades, y
todo, absolutamente todo tiene su tiempo, y debemos tomarnos nuestro
tiempo para crecer, para aprender y disfrutar de cada etapa de nuestras
vidas y si estas corriendo, ¡detente! ¡Ahora es tiempo de caminar!


En la actualidad podemos decir con firmeza que los derechos sexuales y reproductivos son derechos humanos. Para que esos derechos puedan ser ejercidos por niños, niñas y adolescentes existen dos condiciones fundamentales: la educación sexual impartida desde la institución escolar y los servicios de salud sexual y reproductiva amigables para adolescentes provistos desde los efectores de salud.


Estos derechos están protegidos por nuestra Constitución Nacional (art. 19 y 33) y los tratados internacionales que la integran: la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (art. 10, 12, 14, 16 y 24), el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (art. 2, 3, 7, 9, 17, 18, 19, 26), el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (art. 2, 3, 12 y 13), la Convención Americana de Derechos Humanos (art. 5, 7,11, 12, 13), la Convención de los Derechos del Niño (art. 2, 3, 12, 13, 14, 16, 19, 24 y 28), la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, (Artículo XI) y Declaración Universal de Derechos Humanos (Artículo 25.1). También están protegidos por la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer (art. 3, 4, 6, 7, 8).

martes, 15 de junio de 2010

ALUMNOS DEL 4º A


ALUMNOS DEL 4º A DEL NIVEL SECUNDARIO QUE TAMBIEN PARTICIPAN DEL PROYECTO

ALUMNOS DEL 4º B


Alumnos del 4ºB del nivel secundario los cuales son integrantes del grupo ¡LOS DERECHOS SON NUESTROS DEFENDAMOSLOS!

REUNION DE PROFESORES


Esta fue una de las reuniones de los profesores del nivel primario y secundario de la I.E. Nuestra Señora de Lourdes 81023 para tocar el tema del proyecto ¡LOS DERECHOS SON NUESTROS DEFENDAMOSLOS! organizado por las profesoras:
AMANDA MORENO
ROCÍO SOTO
MARLENY SANCHEZ

domingo, 28 de marzo de 2010

Declaración Universal de los Derechos del Niño

Aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas,
20 de noviembre de 1959
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración . Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color , sexo, idioma, religión opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.


El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios , dispensado de todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente, en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.


El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.


El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y a desarrollarse en buena salud: con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, ciudadanos especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.


El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento , la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.


El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible , deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material ; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia, o que carezcan de medios adecuados de subsistencia . Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas, conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.


El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades , desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.

El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación: dicha responsabilidad incumbe , en primer término , a sus padres.

El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones , los cuales deberán estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.


El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.


El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.

No será objeto de ningún tipo de trata.

No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se lo dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación , o impedir su desarrollo físico, mental o moral.


El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión , tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.

DERECHOS DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE



Los derechos del niño (o derechos de la infancia) son derechos que poseen los niños, niñas y adolescentes. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia. Varios documentos consagran los derechos de la infancia a nivel internacional, entre ellos la Declaración de los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos del Niño. Estos documentos reconocen a los niños como sujetos de derecho, pero convierten a los Estados y a los adultos en titulares de la obligación de respetarlos y hacerlos respetar.